Los 5 casos que quedaron en manos de la Corte Internacional de Justicia

Es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas
Es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas
CIJ.Es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas
Shutterstock
Nación321
2024-04-11 |18:11 Hrs.Actualización18:10 Hrs.

En los últimos días se ha escuchado hablar de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), sobre todo desde que la Embajada de México en Ecuador sufrió la irrupción por parte de policías armados del país sudamericano. Pero, ¿qué es?

También llamada Tribunal Internacional de Justicia es el principal órgano judicial de las Naciones Unidas. Fue establecida en 1945, en La Haya, Países Bajos siendo la continuadora, a partir de 1946, de la Corte Permanente de Justicia Internacional.

La función de la Corte es resolver, de conformidad con el derecho internacional, las controversias jurídicas que le presenten los Estados y emitir opiniones consultivas sobre cuestiones jurídicas que le remitan los órganos y organismos especializados autorizados de las Naciones Unidas.


Actualmente la CIJ tiene cerca de 192 casos registrados en su historia, pero aquí en Nación321 tenemos algunos que se han dado dentro del continente Americano, uno de ellos, en México. 

PERÚ CONTRA CHILE

El 16 de enero del 2008, Perú planteó un diferendo a Chile sobre la soberanía de una zona marítima de aproximadamente 37 000 km² en el océano Pacífico. Perú sostuvo que la delimitación del límite marítimo entre ambos países estaba aún sin determinar, pues no habrían firmado un tratado específico de límites marítimos.

Por su parte, Chile dijo que no había temas limítrofes pendientes entre ambos, afirmando que existían tratados internacionales vigentes sobre la materia, suscritos en 1952 y 1954.

Al final, la CIJ adjudicó al Perú un área marítima total de algo más de 50 000 km² —equivalente a la superficie terrestre de Costa Rica, que pasó formar parte de las zonas marítimas peruanas, y que hasta entonces se distribuía en dos sectores de condición jurídica distinta.

Como contraparte, el fallo ratificó la soberanía y los derechos soberanos de Chile sobre 16 352 km² de mar que ya poseía y explotaba desde hacía décadas, siendo esta mayormente el área situada a menor distancia a la costa y que, por tanto, corresponde a la más rica en recursos pesqueros del total de aguas en controversia.

NICARAGUA CONTRA COLOMBIA

Otro problema por el agua se originó cuando Nicaragua denunció a Colombia respecto a la soberanía de ciertas islas y la delimitación marítima entre ambos países en el mar Caribe occidental en el 2001.

La sentencia determinó que el mapa de los territorios que Colombia alegaba como propios cambiara radicalmente, reconociéndole a Nicaragua soberanía y derechos marítimos en dichas aguas hasta las 200 millas náuticas contadas desde sus costas. 

Por otra parte, reconoció la soberanía de Colombia sobre las aguas que rodean las islas y cayos en disputa conforme a las 12 millas náuticas. Además, de acuerdo al fallo, Nicaragua pasó a tener fronteras oceánicas en el mar Caribe con Jamaica y Panamá, países con los cuales deberá acordar su frontera marítima.

ECUADOR CONTRA COLOMBIA

Este caso no fue resuelto por la CIJ debido a que ambos países llegaron a un acuerdo, sin embargo, se considera relevante por un tema que actualmente sigue dando de qué hablar incluso en países como México. 

En el 2008 Ecuador presentó una demanda contra Colombia por la fumigación con glifosato cerca de la frontera del país ecuatoriano. Estos actos habrían provocado afectaciones a los pobladores y a los cultivos.

Aunque presuntamente ya habían resuelto sus diferencias los dos países, años después seguirían teniendo choques por el mismo tema. 

ARGENTINA CONTRA URUGUAY (CASI TERMINA EN GUERRA)

Durante cuatro años, empezando el 2010, ambas naciones entraron en conflicto legal, debido a la instalación de una planta de celulosa en territorio uruguayo, cerca de la frontera con Argentina.

Los argentinos argumentaron que la instalación de las plantas de celulosa es contaminante y se había violado el procedimiento establecido en el Estatuto del Río Uruguay. 

Por su parte, los uruguayos a Argentina ante el sistema de solución de controversias del Mercosur y la CIJ, argumentando en el primer caso que los cortes de ruta constituyen una violación al principio de libre circulación, y en el segundo caso, que los mismos son tolerados y utilizados por el gobierno argentino para presionar al gobierno uruguayo en las negociaciones referidas a la instalación de las plantas de celulosa.

Las demandas uruguayas fueron desestimadas por los tribunales respectivos. Sobre la demanda argentina, la Corte de la Haya decidió que Uruguay había incumplido su deber de consultar previamente con Argentina la instalación de las plantas, pero no había incumplido sus obligaciones para evitar la contaminación ambiental, por lo que consideró que resultaba desproporcionado ordenar el cierre de la planta de Botnia, instruyendo a ambos países a realizar un monitoreo en conjunto del río.

Este conflicto escaló tanto que los uruguayos vieron la posibilidad de una guerra contra Argentina y solicitó el apoyo de los Estados Unidos en el más alto nivel político.

MÉXICO CONTRA ESTADOS UNIDOS

En el 2003 nació el Caso Avena, que es cuando México presentó una demanda en contra de Estados Unidos ante la Corte Internacional de Justicia. La razón fue el incumplimiento por parte Estados Unidos hacia sus obligaciones respecto al derecho de asistencia consular de nacionales de otros países en su territorio con fundamento en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares.

Se le llamó de esa forma por el apellido de Carlos Avena Guillén, uno de los 52 mexicanos sentenciados a pena de muerte en ese país, sin haber recibido ayuda consultar. 

La Corte decidió que Estados Unidos había violado obligaciones adquiridas bajo la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares al no permitir la representación de México para asistir a sus ciudadanos en condiciones de arresto por crímenes en Estados Unidos.

Tras este caso EU decidió retirarse del Protocolo Facultativo, siendo este el protocolo obliga a los firmantes a reconocer a la Corte Internacional de Justicia como última instancia en casos de violación de la Convención de Viena referida a derechos consulares.