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¿La ‘Ley Olimpia’ puede sancionar a mujeres? Esto curre en Durango

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Ciberacoso.Brenda enfrenta una denuncia formal por difundir, sin consentimiento, fotos íntimas de Isaac, quien fue captado mientras dormía

La ‘Ley Olimpia’ es un conjunto de reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal de México.

Su objetivo es reconocer y sancionar la violencia digital, específicamente la difusión no consensuada de contenido íntimo a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia.

Pero... si cuida a las mujeres... ¿las mujeres pueden ser sancionadas? Aquí te decimos.


En Durango, donde una joven llamada Brenda habría difundido fotografías íntimas de su compañero de vivienda sin consentimiento, convirtiéndose en la presunta responsable de un delito que nació para proteger de la violencia digital, principalmente a mujeres.

Brenda e Isaac compartían departamento desde tiempo atrás, hasta que los problemas de dinero comenzaron a tensar la relación.

Una noche, mientras Isaac dormía, Brenda aprovechó para tomarle fotografías desnudo, presuntamente con el propósito de amenazarlo y evadir el pago de la renta.

El intento de extorsión no funcionó, y sobrevino una extorsión de cantidades mayores, ante la negativa de su compañero, decidió publicar las imágenes en redes sociales.

La víctima, humillada y exhibida públicamente, acudió ante la Fiscalía de Durango para presentar una denuncia bajo el marco de la Ley Olimpia, que castiga la difusión de contenido íntimo sin consentimiento.

Poco después, la señalada huyó a Guadalajara, Jalisco, y no se presentó a la audiencia judicial.

El abogado de la víctima, Cristian Montenegro, explicó que ya se solicitó la orden de aprehensión correspondiente, que podría ejecutarse en colaboración con autoridades de Jalisco.

“Estamos ante el segundo caso en todo el país donde una mujer es procesada por violar la Ley Olimpia, y el primero que podría terminar con una sentencia condenatoria”, señaló.

La carpeta de investigación documenta el daño emocional y reputacional sufrido por la víctima, así como la difusión de las imágenes en diversas plataformas digitales, pruebas que —según la defensa— son sólidas para acreditar la responsabilidad penal.

Aunque la Ley Olimpia nació del activismo femenino para frenar la violencia digital contra mujeres, su texto legal no distingue género.

Sin embargo, en la práctica, advierte Montenegro, los hombres víctimas de este tipo de delitos enfrentan mayores obstáculos.

“En Durango solo hay una agente del Ministerio Público especializada en delitos contra hombres. Integrar esta carpeta nos tomó casi ocho meses, cuando en otros casos el proceso avanza en menos de quince días”, señaló el abogado.

LEY OLIMPIA

Vigente a nivel federal, la Ley Olimpia contempla penas de 10 a 14 años de prisión y multas superiores a 40 mil pesos para quien difunda contenido sexual o íntimo sin consentimiento.

En Durango, su aplicación ha sido mayoritariamente en casos donde las víctimas son mujeres; sin embargo, este proceso busca abrir un precedente de equidad en la justicia digital.

“Este caso no pretende castigar por castigar. Lo que busca es demostrar que la ley protege a todos, sin distinción de género”, agregó Montenegro.

Si la imputada es detenida y vinculada a proceso, Durango podría convertirse en el primer estado del país en dictar una sentencia contra una mujer por violar la intimidad sexual de un hombre. Un giro jurídico que pondría a prueba el verdadero alcance de la Ley Olimpia.

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