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VIDEO: Captan al morenista Román Cortés repartiendo huevos y periodicos previo al proceso electoral

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Morena.El artículo 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales contempla medidas contra los actos anticipados de campaña
(redes)

A poco más de un mes de que inicie formalmente el proceso electoral 2026-2027, el diputado local de Morena, Román Cortés, fue captado entregando una dotación de huevos junto con ejemplares del periódico Regeneración, en un acto que ya genera cuestionamientos sobre posibles actividades anticipadas rumbo a los comicios de 2027.

En dicha grabación, difundida en redes sociales, se obersva cómo decenas de personas se forman para recibir la caja de huevos de parte del legislador.


De acuerdo con el calendario del Instituto Nacional Electoral (INE), el proceso electoral comenzará formalmente el 20 de septiembre, mientras que las precampañas arrancarán hasta enero del próximo año.

El episodio quedó registrado en video y muestra al legislador morenista participando en la entrega de estos productos y del periódico partidista. Aunque en las imágenes no se observa un llamado directo a votar, el hecho ocurre antes del periodo legal de precampañas y cobra relevancia debido a que se trata de un político que podría participar en los próximos comicios.

En el video difundido no aparece un llamado expreso al voto por Román Cortés, por lo que no es posible determinar únicamente a partir de esas imágenes que haya cometido una infracción electoral.

Morena, por su parte, ha sostenido que este tipo de actividades corresponden a acciones de carácter informativo. La explicación, sin embargo, ha sido cuestionada debido a que algunas de las personas que realizan estas actividades han hecho públicas sus intenciones de contender en 2027.

El hecho de que el video se haya difundido en redes sociales no significa que exista automáticamente una investigación o una sanción. Para que el caso sea analizado formalmente por las autoridades electorales tendría que presentarse una denuncia ante el INE.

A partir de ella, los consejeros deberán determinar si la conducta constituye una infracción y, en su caso, establecer la sanción correspondiente.

El artículo 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales contempla medidas que van desde una amonestación pública hasta multas de hasta 10 mil veces la UMA 2026, además de la reducción de hasta 50% del financiamiento público, la interrupción de propaganda política o electoral y, en determinados supuestos, la suspensión o cancelación del registro como partido político.

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