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SCJN ‘palomea’ que la UIF congele cuentas vinculadas con lavado de dinero

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SCJN.Ministros indicaron que la medida garantiza el derecho de audiencia, defensa y contempla vías de impugnación tanto administrativas como judiciales

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la validez de que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) bloquee cuentas cuando haya indicios de que estén relacionadas con lavado de dinero.

Este lunes 6 de abril, los ministros resolvieron que es necesario el fortalecimiento del combate del Estado en contra de operaciones ilícitas, entre ellas el lavado de dinero.

Ministros confirmaron, en dos casos diferentes, que el bloqueo de cuentas bancarias ordenado por la Unidad de Inteligencia Financiera es válido cuando “se basa en indicios de operaciones ilícitas y respeta el derecho de audiencia y defensa”.


El Pleno sostuvo que el bloqueo es una “medida cautelar de molestia, no una sanción definitiva, y que garantiza el derecho de audiencia, defensa y contempla vías de impugnación tanto administrativas como judiciales”.

Con lo anterior, indicaron, la IUF “no necesita una solicitud extranjera formal y detallada para congelar cuentas”, por lo contrario, “puede actuar con base en información nacional o internacional, conforme a estándares como los del Grupo de Acción Financiera Internacional”.

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