Cómputos distritales. Entre la confianza y la sensatez

Este miércoles 4 de julio inició la etapa de cómputos distritales de la elección para brindar resultados finales
Este miércoles 4 de julio inició la etapa de cómputos distritales de la elección para brindar resultados finales
Etapa final.Este miércoles 4 de julio inició la etapa de cómputos distritales de la elección para brindar resultados finales
Cuartoscuro
autor
Roberto Castellanos
Asesor de la Presidencia del Consejo del INE y profesor en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM.
2018-07-05 |12:44 Hrs.Actualización13:17 Hrs.


Tal como lo mandata la ley, este miércoles 4 de julio iniciaron los cómputos distritales, en cada uno de los 300 distritos electorales federales que hay en México. Los cómputos distritales son el proceso por el cual cada uno de los consejos distritales suman los resultados de la elección registrados en las actas de escrutinio y cómputo de las casillas ubicadas en cada distrito electoral.

Los cómputos deben concluir a más tardar el sábado 7 de julio.

Este proceso es fundamental por dos motivos. Primero, el resultado de la suma de votos que se hace en el cómputo de cada distrito arroja la votación final oficial de las elecciones para Presidente de la República, diputados federales y senadores.

Ni el Conteo Rápido que dio a conocer el Consejero Presidente del INE en la noche de la jornada, ni el PREP, que cerró en la noche del 2 de julio, dieron resultados finales. 

Aunque aquellos son también instrumentos de información oficial, y son claves, ambos son preliminares. En tanto que los cómputos distritales sí arrojarán la votación final oficial de las elecciones.

La segunda razón por la que los cómputos distritales son relevantes es que permiten identificar y corregir posibles inconsistencias en la suma de votos que se hizo en las casillas, y abren la posibilidad para identificar y decidir en qué casos se hace, o no, recuento de votos de una casilla, o incluso de un distrito, en función de que se cumplan los supuestos que la ley establece.

En suma, el fin último que persiguen los cómputos distritales en el proceso electoral es identificar y corregir posibles errores que pudieran haberse presentado en la suma de votos en las casillas, y al hacerlo, fortalecer la cadena de confianza que garantiza que los votos se cuenten correctamente; todo ello abona a la certidumbre e integridad del proceso electoral en su conjunto. 

Los cómputos parten del supuesto implícito de que el error en el conteo de votos es no solo factible sino incluso esperable pero también corregible y que los ciudadanos funcionarios de casilla cuentan los votos, en su gran mayoría, de forma adecuada, por lo que solo habrá casos extraordinarios que enmendar en la suma de votos.

En 2007, la reforma electoral de aquel año, motivada en parte por el conflicto post-electoral de 2006, incorporó en la ley electoral un conjunto de causales de recuento de votos que han incrementado, casi en automático, la ocurrencia en el número de paquetes electorales que deben abrirse para volver a contar los votos de una casilla o de un distrito.

En efecto, de acuerdo con el artículo 311 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, se debe hacer recuento de votos en los siguiente supuestos: cuando haya errores o inconsistencias evidentes en las actas de escrutinio y cómputo (que llenan los funcionarios de casilla, el domingo de la elección, luego de contar los votos, casi siempre a media noche), y que no pueden aclararse con otros elementos; cuando el número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre los candidatos ubicados en el primero y segundo lugar en la votación, y cuando todos los votos sufragados sean a favor de un mismo partido. 

La Ley también señala que debe haber recuento total de votos en un distrito cuando haya indicios de que la diferencia entre los candidatos ubicados en primer y segundo lugar de la votación sea igual o menor a un punto porcentual; en este caso, solo procede el recuento cuando lo solicita el partido del candidato ubicado en segundo sitio.

Los supuestos que marca la ley para el recuento de votos, sumados a la complejidad de la casilla única implementada en esta elección y las diferentes coaliciones partidistas que permitieron diferentes formas de expresar el voto, han derivado en que, según estimaciones preliminares, tengamos uno de los niveles de recuento de votos más altos de que se tenga registro. 

Se estima que podría haber recuento de 74% de los paquetes de la elección presidencial, y 76% de los de diputados y senadores, respectivamente. En otras palabras, aunque 1.4 millones de ciudadanos ya contaron los votos en la noche y madrugada del 1º de julio, es altamente probable que al menos 3 de cada 4 de esos votos se tengan que contar por segunda ocasión. 

Se estima también que 86% de los paquetes electorales que tendrían que abrirse para el recuento de votos obedece a errores aritméticos mínimos, que no afecta en nada al resultado de la votación, por ejemplo, a que hay diferencias entre el número de personas que votaron según el sello que se pone en la lista nominal y el número de boletas entregadas por los votantes en la casilla.

Cabe decir, que la necesidad real de contar los votos se determinará en el seno de cada consejo distrital, valorado por sus integrantes (todos ciudadanos, no funcionarios del INE) y con la presencia de los partidos políticos, por lo que el número final de paquetes y votos recontados seguramente variará respecto de las estimaciones iniciales. El número final solo lo conoceremos con el informe que se presentará en el Consejo General del INE este domingo 8 de julio.

Desde un punto de vista político, el recuento puntual (voto por voto) tiene todo el sentido cuando la distancia de votos que separa al primero del segundo lugar en una elección es estrecha o cuando se identifican afectaciones graves a la integridad de una elección. 

Desde un punto de vista administrativo y técnico, el recuento detallado también tiene sentido para fortalecer la integridad del proceso en su conjunto, garantizar certeza y preservar la confianza en el resultado. 

En las circunstancias y condiciones en las que se llevó a cabo el actual proceso electoral, ¿hacer un recuento de 76% de la votación atiende a alguno de estos fundamentos? En ninguna circunstancia podría sugerir que el recuento de votos debería eliminarse, ni reducirse a una expresión minimalista. Los cómputos distritales son nodales para la confianza e integridad del proceso electoral y hay que preservarlos. 

Pero hay que preguntarse también, si el modelo actual, con todos sus componentes (casilla única, formas de votación y conteo, y causales de recuento) se combinan favorablemente para garantizar, al mismo tiempo, eficiencia en el proceso sin sacrificar certeza ni confianza en el mismo.

La ley y el sistema electoral que hemos construido en México tiene virtudes que hay que reconocer y fortalecer, pero hay otros atributos de los que cabe replantear su pertinencia o incluso su sensatez.