Tribunal Electoral devuelve diputación a Morena en Michoacán

Había perdido  la diputación federal por el distrito 3 en Zitácuaro, Michoacán.
Había perdido la diputación federal por el distrito 3 en Zitácuaro, Michoacán.
Mary Carmen Bernal.Había perdido la diputación federal por el distrito 3 en Zitácuaro, Michoacán.
Especial
David Saúl Vela
2021-08-20 |07:46 Hrs.Actualización07:46 Hrs.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) regresó el triunfo a Mary Carmen Bernal, candidata de la coalición ‘Juntos Haremos Historia’ (Morena, PT y PVEM), a la diputación federal por el distrito 3 en Zitácuaro, Michoacán.

Por mayoría de votos, los magistrados determinaron revocar la decisión que, en sentido contrario, había tomado la Sala Regional Toluca del órgano de justicia.

El 4 de agosto pasado, esa sala resolvió por mayoría de votos, que la coalición ‘Juntos Haremos Historia’ incurrió en la violación grave, sustancial, generalizada y determinante en la contienda electoral.

Señaló que dicha violación se configuró porque durante el periodo de veda electoral y en la jornada electoral misma, el PVEM, integrante de la citada coalición, difundió propaganda electoral.

Explicó que esa promoción consistió en “mensajes de apoyo, promoción y simpatías con las propuestas de ese partido político en redes sociales, a través de influencers.

“(La situación) constituyó una estrategia de campaña electoral planificada que vulneró los principios de legalidad, certeza y equidad en la contienda”, apuntó la sala.

Esa determinación fue impugnada por Morena y al resolver la queja la Sala Superior del Tribual Electoral determinó revocarla y regresar la diputación a Bernal.

El proyecto de sentencia proponía ratificar la sanción, pues consideró que hubo una indebida ventaja para la coalición y se generó la incertidumbre suficiente para poner en duda el resultado de la elección.

Sin embargo, la propuesta solo fue avalada por los magistrados Mónica Soto y José Luis Vargas. En contraste. la mayoría estimó que si bien el uso de influencers sin reportar su contratación como gasto de campaña es un ilícito, esto no es suficiente para anular la elección.

Estimaron que no hay evidencia del impacto que tuvieron los mensajes emitidos por 104 influencers, a través de redes sociales, en el resultado del citado Distrito electoral.

El magistrado Vargas reprochó la conclusión de la mayoría, pues dijo que con ello se llega a la conclusión de que “resulta barato violar la Constitución” al no poder determinar en qué grado fue el daño causado por el Partido Verde través de los Influencers.