Suprema Corte, la última esperanza para echar atrás la Ley Bonilla

El gobernador electo de Baja California fue votado por 2 años, pero él quiere perpetuarse en el poder durante 5 años
El gobernador electo de Baja California fue votado por 2 años, pero él quiere perpetuarse en el poder durante 5 años
Jaime Bonilla.El gobernador electo de Baja California fue votado por 2 años, pero él quiere perpetuarse en el poder durante 5 años
Cuartoscuro
Nación321
2019-10-24 |13:13 Hrs.Actualización13:12 Hrs.
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Porque esta polémica ley ha puesto en duda los procesos electorales y democráticos del país 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó este jueves a trámite cuatro acciones de inconstitucionalidad contra la llamada 'Ley Bonilla', pero negó la suspensión de la misma.

Esta legislación amplía el próximo periodo de Gobierno en Baja California, que será liderado por Jaime Bonilla, de dos a cinco años.

Los recursos fueron promovidos por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano.

Las acciones de inconstitucionalidad quedaron registradas en los expedientes 112/2019 (PAN), 113/2019, (Movimiento Ciudadano); 114/2019 (PRD) y 115/2019 (PRI).

“Se tienen por presentados a los promoventes y se admiten a trámite las acciones de inconstitucionalidad que hacen valer, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que se puedan advertir de manera fehaciente al momento de dictar sentencia”, comunicó la Suprema Corte en una notificación publicada este jueves.

“No da lugar a decretar la suspensión solicitada en los escritos de las acciones de inconstitucionalidad pues la admisión del presente medio de control constitucional no dará lugar a la suspensión de la norma cuestionada”, agregó el órgano en su notificación.

Explicó que el hecho de que Jaime Bonilla proteste como gobernador de Baja California el 1 de noviembre próximo, no significa que se hayan consumado los efectos de la norma.

Y es que advirtió que la aplicación de la llamada 'Ley Bonilla' es de efectos sucesivos, por lo que la vigencia de la misma no impide que la Suprema Corte realice el estudio oportuno de la validez de las normas combatidas.

No es necesario que la presente acción de inconstitucionalidad se resuelva antes de que el próximo titular del Ejecutivo del estado de Baja California rinda la respectiva protesta para asumir el cargo, pues la norma impugnada continuará surtiendo sus efectos y, por tanto, la sentencia respectiva aún tendrá objeto de pronunciamiento”, detalló.

La Corte emplazó a las partes, incluido al Ejecutivo, al Legislativo y las autoridades electorales locales, para que contesten las acciones y se pronuncien conforme a su interés legal.

Igualmente emplazó a Lorenzo Córdova, presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), para que en el plazo de tres días naturales envíe copia certificada del estatuto vigente de los partidos políticos que promovieron las acciones de inconstitucionalidad, así como de la certificación de sus registros vigentes y precise quiénes eran sus representantes al momento de la presentación de este medio de control constitucional.

Al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) lo emplazó para que, dentro del plazo de 10 días naturales, exprese por escrito su opinión en relación con las citadas acciones de inconstitucionalidad.

Por otra parte, se pidió al presidente del Instituto Estatal Electoral de Baja California para que, dentro del plazo de tres días naturales, informe a la Suprema Corte la fecha en que inicia el próximo proceso electoral en la entidad.

Finalmente, el Tribunal Constitucional aceptó un escrito que presentó el senador Germán Martínez por medio del cual realiza diversas manifestaciones a manera de amicus curiae (amigos de la Corte), en relación con dichas acciones de inconstitucionalidad.

El 8 de julio se presentó en el Congreso de Baja California una iniciativa para modificar el artículo octavo transitorio del decreto 112 de la Constitución local, que señala el tiempo de duración del gobernador electo de dicha entidad federativa en el proceso electoral local 2018-2019, ampliándolo de dos a cinco años.

Dicho proyecto, ampliamente cuestionado a nivel nacional, fue aprobado por la mayoría del Congreso, incluso con votos de los partidos de oposición.

Aunque el caso ya había sido llevado ante la Suprema Corte mediante las controversias constitucionales 269/2019 y 271/2019, interpuestas, respectivamente, por los municipios de Tijuana y Mexicali, el Tribunal Constitucional los desechó porque la ley no había sido publicada en el Diario Oficial de la entidad, es decir, aún no estaba vigente.

Por otra parte, el Tribunal Electoral resolvió tres recursos con los que validó el cómputo estatal de la elección, la declaración de validez y la constancia de mayoría otorgada a favor de Bonilla.

Ninguna de las dos instancias se ha pronunciado en torno al tema de la ampliación del periodo de gobierno de dos a cinco años.