Restituye TEPJF candidaturas a dos políticos acusados de violencia de género

El TEPJF ordenó restituir las candidaturas a dos aspirantes de Morena
El TEPJF ordenó restituir las candidaturas a dos aspirantes de Morena
Violencia de género.El TEPJF ordenó restituir las candidaturas a dos aspirantes de Morena
Especial
David Saúl Vela
2021-06-02 |20:18 Hrs.Actualización20:18 Hrs.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó restituir las candidaturas a dos aspirantes de Morena a diputaciones federales, sentenciados en 2019 por ejercer violencia política de género.

Se trata de Manuel Guillermo Chapman Moreno, expresidente municipal de Ahome, Sinaloa; y Ana Elizabeth Ayala Leyva, y extesorera de dicho municipio, quienes ya podrán retomar su aspiración política.

La Sala Superior del TEPJF determinó, por unanimidad de votos, revocar la resolución del INE que había retirado dichas candidaturas por mentir ante la autoridad y por tanto la pérdida de la presunción de contar con un modo honesto de vivir.

En sesión pública no presencial, por videoconferencia, las magistradas y magistrados estimaron que el INE carece de atribución para determinar la pérdida de la presunción de contar con un modo honesto de vivir de las personas.

Dijeron que dicha atribución es exclusiva de la autoridad jurisdiccional electoral, o bien la autoridad que resuelva el procedimiento sancionador, que tenga por acreditada la violencia política contra las mujeres en razón de género.

El 2 de diciembre de 2019, el Tribunal Electoral de Sinaloa sancionó a Chapman Moreno y Ayala Leyva por la existencia de violencia política contra mujeres por razón de género y acoso laboral, resolución que fue confirmada por la Sala Regional Guadalajara del TEPJF.

En abril de ese año se había publicado en el Diario Oficial de la Federación la reforma en materia de erradicación de la violencia contra las mujeres, y se incorporó como requisito para acceder a la diputación federal no estar condenada o condenado por el delito de violencia política en razón de género.

En la presentación de la declaración 3 de 3, tanto Chapman Moreno como Ayala Leyva omitieron la referencia a la sanción que se les impuso por agresión de género en ámbito público o privado

Al verificar los informes, el INE encontró que ambos continuaron con sus comportamientos por lo que el 26 de mayo pasado decidió cancelar las candidaturas, por mentir y por tanto, no cumplir con el requisito de contar con un modo honesto de vivir.

La decisión fue impugnada por Chapman Moreno y Ayala Leyva.

Al realizar el estudio de fondo, las magistradas y magistrados de la Sala Superior resaltaron que el INE requería que una autoridad jurisdiccional hubiera declarado previamente la existencia o comisión de violencia política de género.

Consideraron que la misma sentencia se hubiera establecido que dicha conducta amerita la pérdida de la presunción de un modo honesto de vivir.

Por ello, decidieron revocar la determinación del INE. Resaltaron que la revocación implica la restitución del registro de la candid