Ojo, pedir carta de no antecedentes penales es inconstitucional

La SCJN señala que este requisito violenta el artículo 1 de la Constitución
La SCJN señala que este requisito violenta el artículo 1 de la Constitución
Carta de antecedentes.La SCJN señala que este requisito violenta el artículo 1 de la Constitución
Especial
Nación321
2020-01-28 |20:35 Hrs.Actualización20:35 Hrs.
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Porque la constitución establece que en México queda prohibida toda discriminación que atente contra la dignidad humana

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es inconstitucional solicitar una carta de antecedentes no penales para poder realizar actividades de índole comercial o gubernamental.

De acuerdo con la sentencia de la Corte, este tipo de requisitos violan los principios de igualdad y no discriminación contenidos en el artículo primero de la Constitución de los Estados Unidos mexicanos.

Además determinó que va contra la libertad de trabajo, comercio o industria de las personas jurídicas y morales.

La Corte también resolvió que los congresos locales carecen de competencia para establecer como requisito que para acceder a un cargo público es obligatorio ser mexicano de nacimiento.

Esto, luego de que el congreso de Veracruz creara el Instituto Veracruzano de las Mujeres y estableciera que para ser coordinadora del refugio estatal era necesario ser mexicana de nacimiento.