Porque la constitución establece que en México queda prohibida toda discriminación que atente contra la dignidad humana
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es inconstitucional solicitar una carta de antecedentes no penales para poder realizar actividades de índole comercial o gubernamental.
De acuerdo con la sentencia de la Corte, este tipo de requisitos violan los principios de igualdad y no discriminación contenidos en el artículo primero de la Constitución de los Estados Unidos mexicanos.
Además determinó que va contra la libertad de trabajo, comercio o industria de las personas jurídicas y morales.
Corte invalidó requisitos de:
— Suprema Corte (@SCJN) January 27, 2020
➡ “No contar con antecedentes penales” para ejercer actividades comerciales o gubernamentales; viola el principio a la igualdad y a la no discriminación.
➡Contar con nacionalidad mexicana “por nacimiento” para ocupar cargo público pic.twitter.com/qVtqKW8Wxj
La Corte también resolvió que los congresos locales carecen de competencia para establecer como requisito que para acceder a un cargo público es obligatorio ser mexicano de nacimiento.
Esto, luego de que el congreso de Veracruz creara el Instituto Veracruzano de las Mujeres y estableciera que para ser coordinadora del refugio estatal era necesario ser mexicana de nacimiento.