No hay pretextos: Estos son los cambios y nuevas reglas del SAT para 2022

Este 2022 habrá cambios importantes en la emisión de facturas, régimen de confianza y el buzón tributario.
Este 2022 habrá cambios importantes en la emisión de facturas, régimen de confianza y el buzón tributario.
SAT.Este 2022 habrá cambios importantes en la emisión de facturas, régimen de confianza y el buzón tributario.
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Nación321
2022-01-13 |07:33 Hrs.Actualización07:32 Hrs.

Ya estamos grandes, debemos aceptarlo y tenemos que lograr que el SAT no se vuelva una tarea imposible que nos quite el sueño. 

Este 2022 llegan varios cambios importantes en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que es necesario conocer para evitar incumplimientos y posibles multas. Te contamos cuáles son.

De entrada, debes saber que en diciembre de 2021 se aprobó y publicó la Miscelánea Fiscal 2022 y esto trajo importantes modificaciones para los contribuyentes. ¿Cuáles son?

RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA

La Miscelánea Fiscal 2022 tiene un gran cambio con la aparición del Régimen Simplificado de Confianza (Resico), en el que estarán dadas de alta las personas que ganan menos de 3.5 millones de pesos al año.

Esta modalidad sustituye al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y buscará sumar a más contribuyentes, sobre todo los que trabajan en la informalidad; además de que promete hacer más fáciles los procesos al momento de hacer las declaraciones anuales y mensuales.

Entre los beneficios esperados están las tasas bajas de ISR, pues sólo se pagará entre el 1 y 2.5% dependiendo el nivel de ingresos.

Por ejemplo, si eres persona física con actividad empresarial y ganas hasta 300 mil pesos al año, sólo pagarás el 1% de ISR; si tus ingresos alcanzan el millón de pesos anuales pagarás 1.5%; en el caso de que llegues a obtener hasta 3.5 millones de pesos te tocaría al 2.5% de ISR. En el caso de las personas morales, podrán inscribirse a este régimen quienes tengan ingresos de hasta 35 mdp.

Otro de los puntos a favor es que bajo este régimen ya no será necesario presentar declaraciones informativas ni contabilidad electrónica, ya que todo se hará automáticamente con las tasas impositivas mínimas según los ingresos de cada contribuyente.

RFC PARA TODOS

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) propuso agregar a la lista de personas obligadas a inscribirse al RFC a los jóvenes mayores de 18 años, en caso de que no generen ganancias por alguna actividad remunerada, deben solicitar su ingreso bajo el rubro “inscripción de personas físicas sin actividad económica”, por lo que no adquirirán la obligación de presentar declaraciones ni pagar contribuciones. 

El argumento de esto es introducir a los jóvenes a la cultura contributiva pero, sobre todo, protegerlos del robo de identidad ya que las empresas fantasma los utilizan como prestanombres y a través del RFC podrán ser notificados de alguna irregularidad a través de medios electrónicos, argumentó el SAT.

Aunque la medida causó mucha polémica, por el momento se descartó que haya multas y sanciones para quienes no hagan el trámite, pues se espera que sea un proceso gradual.

CAMBIOS EN EL BUZÓN TRIBUTARIO

Este es uno de los cambios más importantes, pues por medio del buzón tributario se informará del posible embargo de bienes, estrados o edictos y como este mecanismo de comunicación está vinculado al correo electrónico personal de los contribuyentes, las personas estarán enteradas de cualquier notificación.

Asimismo, los usuarios que perciben ingresos bajo el concepto de salarios y reciban ingresos mayores a 400 mil pesos y menores a 3 millones de pesos, deberán activar su buzón tributario antes del 30 de junio de 2022.

CARTA PORTE

Se trata de un documento fiscal para legalizar el traslado de mercancías dentro del territorio mexicano. Existe desde 1993 en la Ley de Caminos y Puentes, sin embargo, esta dejará de ser un documento en papel y será una versión digital.

De acuerdo con el SAT, se otorgará un periodo de transición para emitir correctamente esta versión, por lo que este año no habrá multas.

Indicaron que este cambio reducirá la posibilidad de que se cometa contrabando, pues antes, al ser en papel, se podía usar para varios fletes.

MULTAS POR FACTURAS MAL EMITIDAS Y CANCELADAS

A partir de 2022 el SAT podrá multar a quienes cometan errores al emitir una factura, uno de ellos es no obtener los complementos correspondientes. Además de que todos los CFDI deberán contar con nombre, RFC, código postal y el régimen fiscal del receptor.

Asimismo, si un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) se cancela fuera de plazo, se deberá pagar una multa de entre 5 a 10 por ciento del monto de cada factura enviada. Y cada que se realice una cancelación, el receptor recibirá una notificación informando que existe una solicitud de cancelación, que deberá aceptar o rechazar en tres días hábiles. En caso de hacerlo mal se procedería a la multa.

También, el SAT dio a conocer algunos errores y abusos cometidos frecuentemente por parte de contribuyentes, tanto en establecimientos como por parte de personas físicas que pueden ser motivo de multas, entre ellos se encuentran: 

  • -Aumentar el precio del bien o del servicio cuando se pide una factura; el costo debe incluir el IVA aunque no se emita una factura
  • -Pedir al receptor que ingrese a un portal para generar él mismo la factura; el CFDI debe emitirse en el establecimiento cuando se solicita
  • -No registrar correctamente el método de pago
  • -Negar la factura pretextando que no se pidió antes de la transacción
  • -Exigir que se indique el uso que se dará a la factura; en caso de que no se proporcione, se debe usar la clave “P01 Por definir”
  • -Negarse a emitir la factura cuando la transacción ocurre en efectivo
  • -No entregar facturas por pagos en anticipos

En el caso de establecimientos, estos abusos pueden acarrear multas que van de los 17 mil a los 97 pesos e incluso el cierre del negocio.

NO LE EMITAS FACTURAS A TUS COMPAS

A partir de este año, el SAT andará muy atento a los supuestos actos de simulación de operaciones.

De esta manera, cuando le cancelen los certificados de sellos digitales a un contribuyente, si este le solicita a un tercero que emita las facturas de los bienes o servicios, la autoridad considerará que se trata de una empresa que factura operaciones simuladas (EFOS).

Dicho acto tendrá consecuencias fiscales, como la no deducción y el no acreditamiento del IVA de la operación, además de las consecuencias legales para los contribuyentes involucrados.

DEPOSITOS EN EFECTIVO

Las instituciones financieras tendrán la obligación de informar mensualmente cuando a los cuentahabientes les depositen más de 15 mil pesos en efectivo en sus cuentas bancarias. Esta obligación era anual hasta 2021.

Esto tiene una acotación: en días recientes, el SAT aclaró que no cobrará ni vigilará depósitos en efectivo menores a los 15 mil mensuales, sin embargo, si tienes depósitos en efectivo a tus cuentas y son mayores a este monto, prepara todos tus papeles porque deberás que aclarar de dónde provienen los ingresos.