El Inai ordena al Cisen dar información clara y entregar contratos de 'Pegasus'

Organizaciones de la sociedad civil explicaron cómo se infecta un teléfono del 'malware'
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Espionaje.Organizaciones de la sociedad civil explicaron cómo se infecta un teléfono del 'malware'
Cuartoscuro
Nacion321
Hagamos nación
2017-10-29 |10:58 Hrs.Actualización10:58 Hrs.
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Porque la información pública y transparente es un derecho ciudadano

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) ordenó al Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen), entregar información sobre la adquisición de Pegasus, el software presuntamente utilizado para espiar a ciudadanos y periodistas.

En un comunicado el Inai detalla que exige al Cisen los contratos y los convenios suscritos con empresas proveedoras de software para intervenir comunicaciones, en el marco del Sistema de Inteligencia Nacional, y hacer una búsqueda de aquellos relacionados con la adquisición del programa denominado “Pegasus”.  

El presunto uso indebido de Pegasus contra ciudadanos como Juan Pardinas, director del Imco, y periodistas como Carmen Aristegui fue publicado en un artículo del diario estadounidense The New York Times.

La Presidencia de la República negó el caso.

El Inai informó que un particular solicitó los convenios suscritos en el marco del Sistema de Inteligencia Nacional con empresas que venden software de espionaje, así como el contrato de adquisición del malware “Pegasus”, pidiendo se especificara cómo son utilizados para presuntamente espiar a la población mexicana.  

En respuesta, el Cisen señaló que no localizó "expresión documental relacionada", pues dentro sus facultades no se encuentra la investigación de individuos, sino de riesgos y amenazas a la seguridad nacional, de acuerdo con la Ley en la materia.

La comisionada del Inai, Areli Cano Guadiana, afirmó que la transparencia y el acceso a la información juegan un papel fundamental para verificar la manera en que el Cisen ejerce su atribución de intervenir las comunicaciones de los particulares con apego a la legalidad, a fin de combatir las amenazas a la seguridad del país.

"En este caso, el derecho a saber resulta un medio idóneo para tener conocimiento de la tecnología utilizada en labores de seguridad, a partir de los contratos correspondientes, así como de las condiciones, los proveedores y los costos de adquisición, rubros que podrían desprenderse de los documentos requeridos por el particular”, subrayó.  

En el análisis del caso se determinó que no existe certeza del criterio de búsqueda utilizado por el Cisen, toda vez que se limitó a la literalidad de la palabra “espionaje” y acotó la interpretación de lo peticionado a los alcances legales de dicha actividad, recalcó el Inai en el comunicado.

Asimismo, se comprobó que el sujeto obligado omitió tomar en cuenta que, de conformidad con la normatividad aplicable y como integrante del Sistema Nacional de Seguridad, en su labor de inteligencia, el órgano desconcentrado cuenta con atribuciones para intervenir comunicaciones privadas, lo cual debe ser autorizado por la autoridad judicial, siempre y cuando esté dentro de uno de los supuestos previstos como amenazas a la seguridad de la nación.

"Los sujetos obligados deben velar por el derecho a saber de los particulares atendiendo los requerimientos con un sentido de liberalidad y no bajo rigorismos conceptuales, máxime si se toma en cuenta que los particulares no están obligados a conocer los términos técnicos y jurídicos relacionados con las funciones de las dependencias y entidades"

Aunado a lo antes expuesto, se verificó que, en atención a un recurso de revisión anterior (RDA-5348/15), el Cisen proporcionó datos sobre intervenciones de comunicaciones privadas, realizadas entre 2005 y 2011, y entregó cinco contratos en versión pública, relacionados con la adquisición, fortalecimiento y actualización de software para el análisis de tráfico de redes.  

Respecto al contrato para la adquisición del programa “Pegasus”, se constató que la inexistencia declarada por el órgano desconcentrado se basó también en una visión restrictiva del requerimiento del peticionario, por lo que no existe certeza del carácter exhaustivo de la búsqueda.

“Desde mi óptica, la resolución constituye una oportunidad para que este instituto, en congruencia con los exhortos que ha hecho a fin de motivar a la sociedad a cuestionar a los diferentes sujetos obligados sobre el particular, contribuya mediante su ejercicio de tutela a dar claridad desde el ámbito del acceso a la información sobre los supuestos eventos de intervención de comunicaciones a diversos activistas, periodistas y académicos, en el contexto de lo que se ha conocido como el “caso Pegasus”, afirmó.