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Suprema Corte ordena al IMSS cubrir lentes, prótesis e implantes cocleares para menores

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Suprema Corte de Justicia.La decisión derivó de un amparo que ordenó al IMSS brindar tratamiento integral a un niño derechohabiente con discapacidad auditiva
(Especial)

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) garantizar servicios médicos integrales para niñas, niños y adolescentes, lo que incluye proporcionarles prótesis e implantes.

Este pronunciamiento se dio una vez que el Pleno declaró inconstitucional, con efectos generales para todas las niñas, niños y adolescentes, la norma que excluía de la cobertura del Seguro de Enfermedades y Maternidad, y de los servicios médicos del IMSS, la dotación de anteojos, lentes de contacto, aparatos auditivos, implantes cocleares, prótesis y órtesis externas.

La Corte determinó que esta exclusión vulneraba el interés superior de la niñez y su derecho a la salud.


La decisión derivó de un amparo resuelto por la entonces Segunda Sala, que ordenó al IMSS brindar tratamiento integral a un niño derechohabiente con discapacidad auditiva, a quien se le había negado dicha cobertura, así como de la omisión del Congreso de la Unión de adecuar la legislación dentro del plazo constitucional.

A partir de ahora, todas las autoridades deberán garantizar esta protección reforzada del derecho a la salud para niñas, niños y adolescentes.

¿QUÉ DEBE CUBRIR EL IMSS PARA MENORES A PARTIR DE AHORA?

Con la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 13/2025, el instituto quedó obligado a incluir en su cobertura:

  • Anteojos y lentes de contacto
  • Aparatos auditivos
  • Implantes cocleares
  • Prótesis externas
  • Órtesis externas

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