La ministra Lenia Batres, quien se define como “la ministra del Pueblo”, promovió un proyecto para que todas las indemnizaciones por muerte o incapacidad se calculen con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y no en salarios mínimos, lo que reduciría de manera considerable los pagos que reciben trabajadores, víctimas y sus familias.
La propuesta, que se discutirá este jueves en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), vuelve a la agenda sin modificaciones respecto a la versión que la propia ministra retiró el 2 de octubre para escuchar críticas y atender dudas planteadas por ministras y ministros.
La disputa jurídica proviene de la contradicción de criterios 59/2025 entre las extintas Primera y Segunda Salas de la Corte. Mientras la Primera Sala permitía calcular reparaciones con salarios mínimos al considerar que la indemnización compensa la pérdida de capacidad productiva, la Segunda Sala sostenía que, tras la reforma constitucional de 2016, todas las multas e indemnizaciones deben fijarse en UMA.
Batres retomó esta última postura y la plantea como jurisprudencia obligatoria para tribunales federales y locales, bajo el argumento de que se trata de “acatar un mandato constitucional”.
REDUCCIÓN SUSTANCIAL EN LOS MONTOS A INDEMNIZADOS
El impacto económico es directo. Un cálculo basado en el salario mínimo de 278.80 pesos para los 5 mil días que marca la Ley Federal del Trabajo genera una indemnización cercana a 1 millón 394 mil pesos. En cambio, si se usa la UMA, cuyo valor es de 113.14 pesos, el pago bajaría a alrededor de 566 mil 700 pesos.
Especialistas advierten que esta diferencia afectaría en mayor medida a familias que enfrentan pérdidas por accidentes, negligencia médica o incapacidad permanente, pues la reparación quedaría desvinculada del salario y de la capacidad de trabajo perdida.
El proyecto también busca resolver de manera definitiva los criterios contradictorios emitidos antes de la desindexación del salario mínimo. La Primera Sala defendía que el salario mínimo es la referencia lógica para medir la pérdida productiva, mientras que la Segunda Sala sostenía que, por mandato constitucional, debe prevalecer la UMA. El planteamiento de la ministra adopta este último criterio y lo propone como jurisprudencia nacional.
