La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, presentó una denuncia tras haber sido víctima de acoso en pleno centro de la Ciudad de México, un hecho que ella misma calificó como parte de la violencia cotidiana que enfrentan las mujeres.
Durante su conferencia matutina, la mandataria relató que decidió actuar legalmente después de sufrir un episodio mientras caminaba hacia un evento oficial.
“Estaba totalmente alcoholizado, no sé si drogado, decidí levantar denuncia, esto es algo que viví y que vivimos las mujeres todos los días”, señaló.
¿CUÁL ES LA PENA QUE PODRÍA ENFRENTAR EL AGRESOR DE SHEINBAUM?
El incidente, ocurrido en un espacio público, abre la posibilidad de que el agresor sea sancionado conforme al Código Penal para la Ciudad de México, cuyo artículo 179 establece que:
“A quien solicite favores sexuales para sí o para un tercero, o realice conducta sexual no deseada que cause daño o sufrimiento psicológico-emocional a una persona, se le impondrá de uno a tres años de prisión y de cien a doscientos días multa”.
De acuerdo con especialistas, este artículo podría aplicarse en el caso, ya que se trata de una conducta no consentida que posiblemente causó afectación emocional a la víctima.
Además, la Ley de Cultura Cívica capitalina contempla sanciones administrativas por actos de acoso callejero, como silbidos o comentarios de connotación sexual, que pueden castigarse con multas de hasta 4 mil 149 pesos, arrestos de 13 a 24 horas o trabajo comunitario de 6 a 12 horas.
Sin embargo, si durante el proceso se determina que hubo violencia física, uso de sustancias que facilitaron la agresión, reiteración de la conducta o que la víctima se encontraba en situación de vulnerabilidad, las sanciones podrían agravarse. En ciertos casos, la pena de prisión puede incrementarse en una tercera parte cuando existe relación de poder o subordinación.
Con la denuncia ya presentada, corresponde a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) abrir una carpeta de investigación para identificar al responsable y determinar si el hecho se configura como delito o falta administrativa.
Si el caso se tipifica como acoso sexual, el agresor podría enfrentar de uno a tres años de prisión y una multa económica; si se considera una infracción cívica, las sanciones serían menores, aunque el Ministerio Público podría reclasificarlo según las pruebas.
La denuncia interpuesta por Claudia Sheinbaum podría marca un precedente, al mostrar cómo un caso de acoso en vía pública puede escalar a la vía penal cuando hay evidencia suficiente y se procede legalmente.



