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SCJN refuerza ley contra aborto forzado en Zacatecas; retira porción de artículo por ser confuso

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SCJN aborto.En la primera sesión que tiene que ver con el tema del aborto, los integrantes de la nueva Corte se mostraron a favor de continuar con este derecho
(Graciela López Herrera)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votó a favor de eliminar una porción del artículo del delito de “aborto forzado” del Código Penal de Zacatecas que generaba confusión y podía dar paso a castigar a las mujeres que son obligadas a interrumpir su embarazo.

En la primera sesión que tiene que ver con el tema del aborto, los integrantes de la nueva Corte se mostraron a favor de continuar con este derecho.

La situación llegó al Pleno luego de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad contra el artículo 331 del Código Penal del estado que tipifica el delito de aborto forzado.


El artículo en cuestión indica: “comete el delito de abuso forzado, y el que sin el consentimiento de la mujer o personas con capacidad de gestar, la haga interrumpir el embarazo en cualquier momento de este, con o sin el conocimiento de la víctima”.

El término ‘víctima’ fue motivo de análisis de los ministros, por considerar que dota de ambigüedad a la oración.

“El derecho a decidir implica no sólo que una mujer o persona gestante opté por continuar o interrumpir un embarazo de manera voluntaria, sino que también exige que se le proteja frente a cualquier forma de coerción o imposición que vulnerable esta decisión”, indicó Arístides Guerrero.

Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel explicó que este extracto viola los principios de seguridad jurídica y taxatividad sobre quién podría ser considerado como ‘víctima’.

“La norma otorga un amplio margen a las autoridades para aplicarla en forma arbitraria por su falta de claridad y exactitud. ¿Exactamente en qué parte? Indeterminación del término ‘víctima’. Puede extenderse a personas distintas de la mujer o persona gestante como progenitores o familiares, incluso abre la puerta al considerar al producto de la concepción como víctima, lo que es jurídicamente inviable”, señaló la ministra.

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