Estados

Congreso de San Luis Potosí tipifica el ‘halconeo’ como delito

alt default
Congreso SLPLa reforma introduce el artículo 293 Quárter, que crea el Capítulo 5 del Código Penal titulado “Obstrucción de la Seguridad Pública y la Vigilancia Ilícita
(Especial)

El Congreso de San Luis Potosí aprobó una reforma al Código Penal del Estado que tipificará al “halconeo” como un delito que podría castigarse hasta con 12 años de prisión.

La medida impulsada por el gobernador Ricardo Gallardo Cardona, que fue aprobada con 18 votos a favor, implicará la vigilancia, el seguimiento, obtención y comunicación ilícita de información operativa de los cuerpos de seguridad en activo que puedan beneficiar actividades delictivas del crimen organizado o evadir la justicia.

Pese a la aprobación de la propuesta, algunos legisladores señalaron que el cambio podría violar derechos humanos y carecer de un análisis técnico adecuado.


Dentro de la reforma se considerará “halconeo” a la vigilancia, el seguimiento, obtención y comunicación ilícita de información operativa de los cuerpos de seguridad en activo que puedan beneficiar actividades delictivas del crimen organizado o evadir la justicia.

La reforma introduce el artículo 293 Quárter, que crea el Capítulo 5 del Código Penal titulado “Obstrucción de la Seguridad Pública y la Vigilancia Ilícita”.

Si se considera que las acciones de “halconeo” ponen en riesgo la vida de los integrantes de los cuerpos de seguridad pública o si involucran a menores de edad, las sanciones podrían incrementarse hasta un 50% más de lo establecido.

Dentro del artículo 293, se establece que habrá penas de prisión de cinco a 12 años, multas equivalentes a entre 500 y mil 200 días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y si se considera que las acciones de “halconeo” ponen en riesgo la vida de los integrantes de los cuerpos de seguridad pública o si involucran a menores de edad, las sanciones podrían incrementarse hasta un 50% más de lo establecido.

contenido relacionado