La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que es ilegal la elaboración y distribución masiva de “acordeones” para la Elección Judicial.
Por otro lado, aclaró que la ciudadanía sí puede llevar a las urnas apoyos físicos o electrónicos como “apuntes”, siempre que sean de uso individual y privado.
“Es dable considerar que la permisión a la que se ha referido, consistente en que la ciudadanía pueda llevar apoyo físico o electrónico para emitir su sufragio en este proceso complicado, no constituye una permisión de difusión o elaboración de propaganda electoral con la finalidad de influir en otras personas, así como tampoco la realización de actos de campaña, debido a que el hecho de que la ciudadanía esté en aptitud de votar con estos instrumentos, apuntes, guías, fotografías o impresiones, no implica la autorización para que se porten de manera visible o que la exhiban en el periodo de veda o durante la jornada electoral, al ser un acto y decisión personal de cada ciudadana y ciudadano”, señaló.
Por unanimidad, los cinco integrantes de la Sala Superior del TEPJF determinaron la ilegalidad de los folletos, al analizar un proyecto del magistrado Felipe Fuentes Barrera.
En consecuencia fue rechazado el recurso interpuesto por distintas personas, quienes alegaron que en el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) se había prohibido a los electores usar los instructivos para votar este domingo 1 de junio.
El TEPJF respaldó el criterio del INE, al señalar que este órgano no se extralimitó en su actuar ni afectó desproporcionadamente el derecho a votar con libertad, como dijeron los inconformes.