Congreso

Diputados avalan en lo general y lo particular la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales

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En la Cámara de Diputados.Ahora, la minuta impulsada por la Presidencia de la República será turnada para su discusión en el Senado de la República
(Cuartoscuro)

Con el voto mayoritario de Morena, así como sus aliados de los partidos del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM), la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y lo particular, el proyecto de decreto para crear la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos, que establecería la obligatoriedad gradual de pagos sin efectivo, inicialmente, en casetas y gasolineras.

El aval de la reforma impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum se dio con 327 votos a favor y 122 en contra; ahora la minuta será turnada para su discusión en el Senado de la República.

De ser totalmente avalada, la Ley será de orden público y observancia general en todo el territorio nacional, y promoverá la adopción e implementación de Medios de Pago Electrónicos y Digitales.


De acuerdo con la propuesta, la Ley de Economía Digital busca fortalecer la seguridad en las transacciones, impulsar la inclusión financiera y modernizar el marco legal para la economía digital.

¿DE QUÉ VA LA LEY DE ECONOMÍA DIGITAL?

El documento, que deriva de una iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum, determina que en la contratación digital de servicios financieros la CURP Digital será aceptada como un mecanismo de confianza; las personas usuarias a su elección podrán utilizar ante las entidades, la CURP Digital o cualquier otro mecanismo de identificación oficial, para la contratación digital de servicios financieros.


A su vez, crea el Expediente Digital Ciudadano como un mecanismo de confianza para la consulta o uso de documentos o información de las personas usuarias.

Además, determina que cuando se presente una contingencia que imposibilite el pago digital, se permitirá el pago en efectivo o cheque, definiendo como “contingencia” a un evento o circunstancias extraordinarias, imprevistas o inevitables de caso fortuito o fuerza mayor que afectan temporalmente los medios electrónicos.

La Ley también definirá formalmente como Medios de Pago Digitales y Electrónicos:

  • Los códigos QR
  • Códigos de Respuesta Rápida
  • Dispositivos NFC
  • Comunicación de Campo Cercano
  • Tarjetas de débito y de crédito
  • Ordenes de transferencia de fondos, incluido el servicio conocido como domiciliación
  • Cualquier dispositivo, tarjeta o interfaz que permita la realización de pagos y transferencias de recursos

Y claro, la Ley establecerá que, para la implementación de pagos electrónicos, los bancos y las autoridades de los tres órdenes de gobierno deberán habilitar la infraestructura necesaria para los usuarios.

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