El Senado aprobó, por unanimidad, una modificación a la Ley que busca garantizar que las y los usuarios de servicios, plataformas digitales, y aplicaciones de streaming, puedan cancelar fácilmente sus suscripciones o membresías.
Asimismo, obliga a las empresas a notificar con al menos cinco días de anticipación cualquier renovación automática.
El dictamen adiciona las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Al respecto, la senadora Cynthia López Castro, presidenta de la Comisión de Defensa de los Consumidores, presentó el dictamen ante el Pleno y destacó que la medida responde al crecimiento del comercio electrónico y la necesidad de proteger los derechos digitales de los consumidores.
“Si registrarse en una plataforma toma segundos, cancelar debe tomar lo mismo. Lo fácil no puede ser sólo pagar, también debe ser cancelar”, dijo.
En este sentido, vale la pena señalar que la reforma obliga a los proveedores a informar de manera clara y visible si el servicio implica cobros automáticos recurrentes, así como su monto, periodicidad y fecha de cargo.
También exige notificar con al menos cinco días de anticipación cualquier renovación automática; garantizar mecanismos simples, rápidos y gratuitos para la cancelación inmediata de servicios, sin penalizaciones injustificadas.
De acuerdo con datos de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), en 2024 se registraron más de 20 mil quejas relacionadas con servicios digitales y suscripciones automáticas, principalmente en plataformas de streaming, gimnasios, softwares y telefonía móvil.
Con esta reforma, México se alinea a las mejores prácticas internacionales, como la regla “Click-to-Cancel” de la Federal Trade Commission (FTC) de Estados Unidos y las directrices de la Unión Europea en materia de comercio electrónico.
“La economía digital no debe ser un espacio de vulnerabilidad, sino de derechos y libertades. Esta reforma protege la economía familiar y fortalece la confianza en el comercio electrónico”, subrayó la senadora López Castro.
Vale la pena señalar que el proyecto que modifica el artículo 76 Bis, de la Ley Federal de Protección al Consumidor, fue avalado con 91 votos a favor y enviado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.




