Congreso

Tribunal rechaza amparar a Osiel ‘N’, exlíder del Cártel del Golfo y de ‘Los Zetas’

alt default
Osiel 'N'.Enfrenta delitos de hace más de 20 años; sin embargo, no prescriben por la magnitud que tienen
(Cuartoscuro)

Mientras el nuevo Poder Judicial entra en vigor, un Tribunal Federal rechazó amparar al capo Osiel ‘N’, exlíder del ‘Cártel del Golfo’ y de ‘Los Zetas’, quien pretendía tumbar una causa penal iniciada en su contra por el presunto delito de portación de arma de fuego de uso exclusivo de las fuerzas armadas.

Felipe de Jesús Delgadillo Padierna, magistrado instructor del Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Segundo Circuito, declaró infundados los alegatos de la defensa del narcotraficante que aseguró que el delito ya prescribió.

¿QUIÉN ES EL EXLÍDER DE ‘LOS ZETAS’?


Osiel ‘N’ buscaba cerrar una de las siete causas penales iniciadas en su contra.

De acuerdo con el expediente, el 6 de agosto de 2005, un juez federal dictó auto de formal prisión contra el capo por su probable responsabilidad en los delitos de posesión de cartuchos para arma de fuego y portación de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército mexicano, Armada y Fuerza Aérea.

En octubre del citado año, el Cuarto Tribunal Unitario del Segundo Circuito modificó la resolución y dictó auto de libertad por falta de elementos para procesar, con las reservas de ley, en cuanto al delito de posesión de cartuchos, pero confirmó el delito de portación de armas de fuego.


El 22 de enero de 2007, la defensa comunicó al juez de la causa penal que Osiel ‘N’ ya no se encontraba en el penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México, ya que fue entregado a Estados Unidos, por lo que quedó interrumpido el proceso penal.

En diciembre de 2024, la Oficina de Detención y Deportación del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE-ERO, por sus siglas en inglés), deportaron a Cárdenas Guillén, tras cumplir su condena en dicha nación.

La Fiscalía General de la República (FGR) lo ingresó al penal del Altiplano, debido a la existencia de tres órdenes de aprehensión pendientes de cumplimentar por supuestos delitos de homicidio calificado, delincuencia organizada y contra la salud. Además, de los procesos pendientes por:

Presuntos delitos de delincuencia organizada, con la finalidad de cometer delitos contra la salud

Delincuencia organizada, con la finalidad de cometer operaciones con recursos de procedencia ilícita

Delitos contra la salud

Operaciones con recursos de procedencia ilícita

Acopio, portación y posesión de armas de fuego y de cartuchos de uso exclusivo del Ejército

Posesión de cartuchos de uso exclusivo del Ejército y cohecho

El magistrado Delgadillo Padierna dejó claro que el proceso instaurado contra Osiel ‘N’ no ha prescrito, sino que solo se interrumpió por su entrega a los norteamericanos, por lo que es válido que se reactive el proceso, mismo que puede impugnar.

“Sobre estas bases, se estiman infundados los conceptos de violación, porque aun cuando existió una conducta pasiva en el desarrollo del proceso y que han transcurrido más de 17 años sin impulso procesal, el período para que opere la prescripción del delito quedó interrumpido a partir del 19 de enero de 2007, por virtud de que fue llevado a los Estados Unidos, para que enfrentara los cargos imputados ante un órgano jurisdiccional de dicho país”.

“De ahí que, aun cuando refiera que la Fiscalía de forma incongruente materializó la determinación de extradición emitida por la Secretaría de Relaciones Exteriores, no es razón para atribuirle la inactividad procesal, dado que, el plazo para que se actualizara dicha figura jurídica quedó interrumpido”, menciona la sentencia.

contenido relacionado