TEPJF confirma amonestación contra Sheinbaum por no responder al INE

Sheinbaum y Batres acusaron que con las preguntas que el INE les envió, violaban su derecho a la no autoincriminación
Sheinbaum y Batres acusaron que con las preguntas que el INE les envió, violaban su derecho a la no autoincriminación
Claudia SheinbaumSheinbaum y Batres acusaron que con las preguntas que el INE les envió, violaban su derecho a la no autoincriminación
Cuartoscuro
Nación321
2022-06-01 |16:28 Hrs.Actualización17:44 Hrs.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la amonestación pública impuesta por el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de Claudia Sheinbaum, jefa de Gobierno de la Ciudad de México, por incumplir con las órdenes y requerimientos, principalmente al negarse a responder un cuestionario sobre su participación en el evento para promover la reforma eléctrica en el Monumento a la Revolución durante el periodo de veda electoral antes de la consulta para revocación de mandato.

De acuerdo con Milenio, el INE impuso como medida de apremio una amonestación pública a Sheinbaum Pardo y a su secretario de Gobierno, Martí Batres, porque se negaron a responder a los requerimientos que les hizo el órgano electoral, en el que les pedía informar el motivo de su asistencia al evento, si formaron parte de la organización, quién lo organizó, de no ser organizadores, quién los invitó y si dentro del evento tuvieron una participación activa. 

Cuestinados sobre el tema, Sheinbaum y Batres negaron que hubiera omisión, sino que simplemente respondieron que estaban en imposibilidad de responder, pues acusaron que con las preguntas que el INE les envió, violaban su derecho a la no autoincriminación y a su presunción de violencia. 

El proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, aprobado con los votos en contra de sus pares José Luis Vargas y Mónica Soto, consideró que la jefa de Gobierno y su secretario de Gobierno partían de una premisa equivocada, pues los requerimientos del INE buscan allegarse de información para poder investigar y deslindar responsabilidades. “

El requerimiento persigue el fin legítimo de una investigación exhaustiva y su omisión entorpece la justicia pronta y expedirá, están obligados a cooperar al tratarse de datos vinculados a su función, pues las preguntas buscan aportar elementos para conocer la conducta desde sus atribuciones, en el entendido de que los elementos serán analizados”. 

Sin embargo, el magistrado Vargas consideró una violación al debido proceso, que se pida a la jefa de Gobierno y al integrante de su gabinete, fijar una postura incluso antes de que se le notifique que están siendo investigados. “Implica que esos denunciados, para el momento en que son sancionados haya una premeditación de posibles conductas. Argumentan el verificar asistencia y el grado de participación de estos funcionarios en un presunto evento en el que hubo un apoyo al Presidente de la República, pero esa es la función de la autoridad para que una vez que estén acreditados los hechos se les notifique y contesten conforma a lo que convenga a derecho”.