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Congreso de la CDMX avala reformas a la Ley de Movilidad para regular bicis eléctricas y scooters

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Bicis eléctricas CDMXCon estas reformas se atienden problemáticas como la circulación por banquetas, exceder la velocidad, falta de uso de casco, sobrepasar la carga
(Magdalena Montiel Velázquez)

En sesión extraordinaria, el Congreso de la Ciudad de México diversas reformas a la Ley de Movilidad de la capital para regular bicicletas eléctricas y scooters.

Las modificaciones tienen el objetivo incorporar a vehículos fuera de la normatividad a una nueva categoría de transporte motorizado persona, con el fin de fortalecer la seguridad vial, certeza jurídica y sustentabilidad.

También se atienden problemáticas como la circulación por banquetas, exceder la velocidad, falta de uso de casco, sobrepasar la carga o el número de personas pasajeras, que ponen en peligro a conductores, personas peatonas y ciclistas.


El dictamen aprobado reforma las fracciones LIII, CIII, CIV y adiciona una fracción CIII Bis al artículo 9, reforma la fracción IX del artículo 12 y el artículo 64 de la Ley de Movilidad local y asimismo se aprobó la reserva a los artículos 9 y 64 suscrita por la legisladora Patricia Arellano de MC, para precisar la definición de que las motocicletas son aquellos vehículos que no necesitan tracción humana.

Además, se aprobó la reserva al artículo 9 presentada por el legislador Emilio García de Morena, que se establece el rango de potencia que alcanzan los Vehículos Motorizado Eléctrico Personal (VEMEPE), al especificar que su motor tiene potencia continua nominal a partir de 250 watts y hasta un KW, lo cual se basa en los parámetros de la Ley General de Movilidad y otras normas vigentes, para establecer con claridad el tipo de vehículos que se están regulando.

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